Información de interés - Aduanas y franquicias
El País
El Principado de Andorra no pertenece a paso fronterizo con Francia (Pas de la
Casa) y con España (Farga de Moles). Los dos accesos están abiertos 24h.
Entrada
En la frontera se exigen los siguientes documentos a los viajeros:
Ciudadanos de países miembros de:
- Adultos: documento nacional de identidad o pasaporte
- Menores: - Acompañados por los padres: DNI + libro de familia /
pasaporte
- No acompañados: DNI + permiso expedido en una comisaría /
pasaporte
Ciudadanos de países terceros
La misma documentación exigida para entrar en España o Francia: pasaporte /
pasaporte + visado (1) (1) NOTA: en el caso de necesitar el visado Shengen,
este debe ser multientrada
Franquicias de la aduana
Productos agrícolas Cafè: 1.000 g. de café o 400 g. de extractos
Té: 200 g. de té u 80 g. de extractos
Bebidas alcohólicas (*): 1,5 l. de licores de más de 22 grados o
3 l. de licores o de aperitivos de menos de 22 grados o de vinos espumosos/ 5 l.
de vinos de mesa
Tabaco (*): 300 cigarrillos o 150 cigarros (de menos de 3 g. por
pieza) o 75 cigarros de más de 3 g. por pieza) o 400 g. de tabaco para pipa
Otros productos agrícolas:
Hasta un valor de 300 euros (los menores de 15 años hasta un valor de 150 euros),
sin superar:
- 2,5 kg. de leche en polvo
- 3 kg. de leche condensada
- 6 kg. de leche fresca
- 1 kg. de mantequilla
- 4 kg. de queso
- 5 kg. de azúcar y dulces
- 5 kg. de carne
Productos industriales Perfumes:
- 75 g. de perfumes o 375 ml. de colonias
Otros productos industriales:
- Hasta un valor de 900 euros/persona (adultos)
- Hasta un valor de 450 euros/persona (menores de 15 años)
Más información en www.duana.ad
Descárgate las
franquicias en formato pdf (versión para imprimir)
Aclaraciones:
Cantidades e importes máximos por persona. (*) Para estos productos, las personas
menores de 17 años no tienen ninguna franquicia. Cuando regreses a , puedes
llevar por persona, y sin ningún coste adicional, las cantidades de productos
comprados en Andorra que se indican en el cuadro disponible en esta página.
Tienes que declarar en la aduana todos los productos que pasen de los límites
indicados en este gráfico. No puedes acumular las franquicias en valor, ni entre
viajeros, ni entre productos agrícolas ni industriales.
El alcohol, el tabaco, el café, el té, los perfumes y las colonias están
limitados en cantidad y su valor no se tiene en cuenta. En cambio, hay otros
productos a tu alcance como la leche, la mantequilla, el queso, el azúcar, los
dulces, para los que sí se tiene en cuenta el valor.
No es necesario que declares en las aduanas comunitarias los productos que no
superen estos límites, siempre que sean para uso personal. Las cantidades
permitidas pueden variar según la edad del viajero.
Finalmente, infórmate en cualquier aduana comunitaria sobre las limitaciones
especiales que puedan aplicarse en cada momento, en particular sobre los
productos animales o vegetales, animales vivos, especies en vías de extinción,
medicamentos, armas y municiones, objetos de arte y de colección, divisas, oro y
medios de paso.